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MODIFICA IFE REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN PARA INHIBIR INGRESO DE RECURSOS ILÍCITOS EN CONTIENDAS
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Avalan partidos políticos propuesta de blindaje presentada por el Instituto
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Busca autoridad electoral garantizar transparencia, seguridad y legalidad
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Actúa IFE con base en atribuciones legales
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Establecen consejeros electorales mayores controles a ingresos de partidos políticos
El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) acordó modificaciones a su Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, con el propósito de inhibir la intervención en los procesos electorales de recursos cuya fuente no se ajuste al marco legalmente establecido.
Por unanimidad de votos y con el respaldo de los representantes del Poder Legislativo y de los partidos políticos, los consejeros electorales aprobaron cambios a 12 artículos del citado texto normativo, con el fin de garantizar la transparencia, seguridad y legalidad en los comicios próximos, así como reformas al reglamento interior de la Unidad de Fiscalización.
En el documento sometido a consideración del pleno, en sesión extraordinaria celebrada esta tarde, destacan modificaciones en materia de vigilancia y control de los recursos de los partidos políticos, a fin de que no existan manipulaciones o desvíos de los mismos, y tutelar con ello los principios rectores del derecho electoral mexicano.
Asimismo, se subraya que el fortalecimiento de las normas en materia de fiscalización de recursos de los partidos políticos, tiene como propósito impedir manejos arbitrarios de éstos y preservar las reglas de equidad y certeza en las precampañas y campañas electorales
De este modo, el IFE está ahora en condiciones de celebrar convenios con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), para el intercambio de información.
Con el propósito de garantizar la procedencia lícita de los recursos obtenidos por los partidos a través de las diversas modalidades de financiamiento privado, la Unidad de Fiscalización del IFE remitirá a la CNBV, al SAT y la UIF los nombres de todos los aportantes, así como los montos de sus aportaciones, que sean reportados en los informes anuales, de precampaña y de campaña.
La Unidad de Fiscalización remitirá también a dichas instancias los listados de candidatos a cargos de elección popular, de dirigentes y de los titulares nacionales de los órganos de finanzas de los partidos que encuadren en la definición de personas políticamente expuestas.
Lo anterior, con el propósito de verificar la procedencia lícita de los recursos provenientes del financiamiento privado de los partidos, así como prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión del violaciones al Código Penal Federal.
La Unidad de Fiscalización informará a las autoridades señaladas de los casos en los que las personas reportadas como políticamente expuestas dejen de ostentarse con la condición o cargo que tenían.
Por otro lado, las nuevas disposiciones establecen más controles sobre los ingresos de los partidos políticos por colectas en mítines o en la vía pública, y por diversas actividades para su autofinanciamiento, como conferencias, espectáculos, rifas y sorteos, eventos culturales, ventas editoriales, de bienes y propaganda utilitaria, entre otras.
En el caso de las campañas políticas para diputados federales, los partidos deberán abrir cuentas bancarias únicas para cada campaña.
La Unidad de Fiscalización seguirá técnicas muestrales de auditoría para solicitar por oficio que las personas que hayan recibido reconocimiento por actividades políticas, confirmen o rectifiquen las operaciones amparadas en recibos.
Cuando la Unidad de Fiscalización considere procedente hacer visitas de verificación durante la etapa de revisión de los informes, o bien, dentro de los periodos de precampaña y campaña, podrá, en todo momento y de manera aleatoria, seleccionar uno o varios distritos en donde se llevarán a cabo los muestreos respecto de la totalidad de los precandidatos o candidatos que se encuentren inscritos en la contienda electoral.
En otro apartado del Reglamento se indica que los partidos políticos deberán elaborar un registro de los proveedores con los que realizan operaciones.
El pleno del Consejo General aprobó también modificaciones al Reglamento Interior de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, para adecuarlos a la nueva normatividad.
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