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Atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica

 

COFIPE

Artículo 132

1. La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica tiene las siguientes atribuciones:

a) Elaborar y proponer los programas de educación cívica y capacitación electoral que desarrollen las juntas locales y distritales ejecutivas;

b) Coordinar y vigilar el cumplimiento de los programas a que se refiere el inciso anterior;

c) Preparar el material didáctico y los instructivos electorales;

d) Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político-electorales;

e) Llevar a cabo las acciones necesarias para exhortar a los ciudadanos que no hubiesen cumplido con las obligaciones establecidas en el presente Código, en particular las relativas a inscribirse en el Registro Federal de Electores y las de voto, a que lo hagan;

f) Asistir a las sesiones de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica sólo con derecho de voz;

g) Acordar con el secretario ejecutivo los asuntos de su competencia; y

h) Las demás que le confiera este Código.

 

REGLAMENTO INTERIOR

Artículo 47.

1. Para el cumplimiento de las atribuciones que el Código le confiere, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica:

a) Establecer las políticas generales, criterios técnicos y lineamientos a que se sujetarán los programas de capacitación electoral y educación cívica;

b) Planear, dirigir y supervisar la elaboración de programas de educación cívica y capacitación electoral que desarrollarán las Juntas Locales y Distritales;

c) Presentar a la Junta los programas de capacitación electoral y educación cívica y vigilar su ejecución;

d) Evaluar periódicamente el cumplimiento de los programas autorizados para la dirección, tanto en el nivel central como en los niveles delegacional y subdelegacional;

e) Coadyuvar en el proceso de insaculación de ciudadanos para la selección de funcionarios de casilla;

f) Dirigir y supervisar la investigación, análisis y preparación de material didáctico que requieren los programas de capacitación electoral y educación cívica;

g) Promover la celebración de convenios con otras instituciones con la finalidad de incentivar el desarrollo de la cultura democrática, fortalecer la educación cívica e impulsar la formación de competencias ciudadanas;

h) Coordinar programas de investigación que en materia de educación cívica se requieren;

i) Diseñar e instrumentar las campañas de difusión institucionales y, en su caso, coordinarse para ello con las instancias que por el objeto o contenido de la campaña sean competentes;

j) Colaborar con la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, en el envío de los materiales audiovisuales correspondientes a la campaña institucional para su difusión oportuna;

k) Coadyuvar con la Dirección Ejecutiva de Administración, en el diseño y elaboración de los mecanismos, instrumentos y lineamientos para la selección y contratación del personal auxiliar de las Juntas Distritales en la capacitación electoral, durante el proceso electoral, particularmente en las mesas directivas de casilla;

l) Planear, dirigir y supervisar los programas de divulgación de la cultura política democrática y los referentes a la comunicación educativa, con el objeto de impulsar la cultura democrática;

m) Participar en el Comité de Gestión y Publicación Electrónica, o a través de un representante;

n) Fungir con el carácter de Secretario Técnico en la integración de la Unidad Editorial, con derecho a voz, en términos de la normatividad aplicable; y

o) Las demás que le confiera el Código y otras disposiciones aplicables.




   
 
   


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