COFIPE
Artículo 133
1. La Dirección Ejecutiva de Administración tiene las siguientes atribuciones:
a) Aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto;
b) Organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales en el Instituto;
c) Formular el anteproyecto anual del presupuesto del Instituto;
d) Establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales;
e) Elaborar el proyecto de manual de organización y el catálogo de cargos y puestos de la rama administrativa del Instituto y someterlo para su aprobación a la Junta General Ejecutiva;
f) Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto y someter a consideración de la Junta General Ejecutiva los programas de capacitación permanente o especial y los procedimientos para la promoción y estímulo del personal administrativo;
g) Presentar a la Junta General Ejecutiva, previo acuerdo con el director ejecutivo del Servicio Profesional Electoral, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su incorporación al Servicio Profesional Electoral;
h) Atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto;
i) Presentar al Consejo General, por conducto del secretario ejecutivo, un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto;
j) Acordar con el secretario ejecutivo los asuntos de su competencia; y
k) Las demás que le confiera este Código.
REGLAMENTO INTERIOR
Artículo 48.
1. Para el cumplimiento de las atribuciones que el Código le confiere, corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración:
a) Presentar al Secretario Ejecutivo para su aprobación, las políticas y normas generales para el ejercicio y control del presupuesto;
b) Establecer y aplicar las políticas generales, criterios técnicos y lineamientos a que se sujetarán los programas de administración de personal; recursos materiales y servicios generales; recursos financieros y de organización del Instituto;
c) Dirigir y supervisar la elaboración de los documentos normativo-administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto, sometiéndolos a la aprobación de la Junta;
d) Proveer lo necesario para el adecuado funcionamiento de la rama administrativa del personal al servicio del Instituto;
e) Organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros, así como la administración del personal del Instituto;
f) Dirigir y coordinar la elaboración del anteproyecto de Presupuesto del Instituto y presentarlo para su revisión al Secretario Ejecutivo;
g) Diseñar y establecer los mecanismos necesarios que permitan evaluar los resultados obtenidos en los programas de administración de los recursos materiales y financieros, de organización y administración del personal;
h) Establecer los programas de capacitación permanente y especial y procedimientos para la promoción y estimulo del personal administrativo sometiéndolos a la consideración de la Junta;
i) Definir e implementar, previo acuerdo con el Director Ejecutivo del Servicio Profesional Electoral, los procedimientos de selección, capacitación y promoción que permitan al personal de la rama administrativa aspirar a su incorporación al servicio;
j) Remitir al Secretario Ejecutivo un informe anual respecto del ejercicio presupuestal del Instituto;
k) En su caso, informar a la Comisión Temporal de la materia sobre el ejercicio del presupuesto, así como del estado que guarda;
l) De conformidad con las disposiciones aplicables, expedir los nombramientos de los servidores públicos de la rama administrativa, así como los gafetes e identificaciones de todos los servidores del Instituto; y
m) Implantar y operar tecnologías informáticas que auxilien en el desempeño de sus funciones;
n) Elaborar la propuesta de las obligaciones y medidas de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria conforme a las disposiciones Constitucionales y legales aplicables;
ñ) Administrar el funcionamiento y operación de la NormaIFE;
o) Desarrollar y dirigir los programas, sistemas y mecanismos en materia de seguridad y protección civil en el Instituto, y;
p) Las demás que le confiera el Código y otras disposiciones aplicables.
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